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La jubilación del autónomo

El 75% de los autónomos consideran que la pensión pública que recibirán no les será suficiente una vez se retiren. ¿ Por qué cobran menos los autónomos ?

El problema de la mayoría de trabajadores por cuenta propia está en lo que cotiza a la Seguridad Social, la mayor parte de los  autónomos cotiza por la base mínima y lo que repercute en lo que perciben de pensión pública, al estar directamente relacionado con lo que se paga a la Seguridad Social.

En principio, los autónomos tienen una gran ventaja respecto a los empleados por cuenta ajena ya que pueden decidir cuánto quieren cotizar a la Seguridad Social, fijado actualmente entre un mínimo de  944,40 €  y un máximo de 4.070,10 €, entre los que podrán elegir los que a 01 de enero del 2019 sean menores de 47 años, esto es, llegados a los 47 años  ya no podrán subir su base de cotización, salvo excepciones.

La base de cotización elegida por ti, será la que sirva para calcular la «base reguladora» en tus prestaciones. En el caso de la prestación de jubilación la base reguladora será el coeficiente que resulte de dividir por 308 las bases cotización que hayas tenido en los últimos 264 meses (22 años).

La pensión de un autónomo se calcula teniendo en cuenta los años cotizados y la base de cotización. Para tener derecho a cobrar pensión el periodo mínimo de cotización es de 20 años, pero va a ir subiendo hasta alcanzar los 25 años en 2025.  Si quieres tener la jubilación mínima que te correspondería, tendrás que cotizar 35 años ahora y 37 años en 2025. Con el mínimo cotizado de 20 años, percibirías un 50% de la base reguladora de tu jubilación como autónomo. Con 40 años cotizados será el 100 de la media de su base.

La base de cotización elegida, será la que sirva para calcular la «base reguladora» en tus prestaciones. En el caso de la prestación de jubilación la base reguladora será el coeficiente que resulte de dividir por 308 las bases cotización que hayas tenido en los últimos 264 meses (22 años).

Para que tengas una orientación, en el hipotético caso de que tu base durante los últimos 22 años hubiera sido de 944,40 euros, base mínima de cotización por la que cotiza en la actualidad el 75% de los autónomos ( tuvieras cotizados 40 años ) y te jubilases ahora, percibirías una pensión de 809,44 euros mensuales.

264 meses x 944,35 euros mensuales= 249.308.4: 308= 809,44 euros

La pensión máxima del autónomo será la misma que la de un asalariado. Ahora mismo la cuantía máxima de la pensión pública está fijada en 2.649,51 para 2019

Dado que la Seguridad Social no garantiza una pensión mínima contributiva para autónomos y empleados, muchos trabajadores por cuenta propia necesitan complementos a mínimos. Estos complementos son una cantidad adicional que la Seguridad Social suma cuando el importen de la pensión no alcance el mínimo por ley.

Cambia tu base de cotización para mejorar tu jubilación.

Hoy en día tienes dos opciones para mejorar tu jubilación, o recurrir a un plan de pensiones o aumentar tu base de cotización.No obstante, esta segunda posibilidad está limitada ya que fue utilizada de manera recurrente por el autónomo que a partir de los 50 años, aumentaba su base para conseguir un incremento de su jubilación.

En la actualidad, para conseguir la pensión máxima tendrías que incrementar a partir de los 42 años tus cuotas a la seguridad social, además de cotizar ininterrumpidamente desde los 30 años.

Base de Cotización menores de 47 años ó con 47 años.:

Trabajadores que a partir del 01/01/2019, este día inclusive, sean menores de 47 años podrán elegir entre los límites de las bases mínima y máxima.

Igual elección podrán efectuar los trabajadores que en esa fecha tengan una edad de 47 años y su base de cotización en el mes de diciembre de 2018  haya sido igual o superior a 2.052,00 euros/mes o causen alta en este Régimen Especial con posterioridad a esta fecha.

Trabajadores que tengan 47 años, si su base de cotización fuera menor de 2.052,00 euros/mes y no ejercitase opción alguna las bases de cotización estará comprendida entre las cuantías de 944,40 euros/mes y 2.077,80 euros/mes.

Base de Cotización 48 ó más años de edad.

Trabajadores que a partir de 01/01/2019, este día inclusive, tengan cumplida la edad de 48 o más años, la base de cotización estará comprendida entre las cuantías de 1.018,50 y 2.077,80 euros/mes.

Si la última base de cotización acreditada hubiera sido superior a 2.052,00 euros/ mes, se habrá de cotizar por una base comprendida entre 944,40 euros/mes y el importe de aquella incrementado en un 7,00 por ciento, con el tope de la base máxima de cotización.

¿Cuándo me puedo jubilar como autónomo?

Dejando a un lado los supuestos de jubilación anticipada, la edad de jubilación de los autónomos no es diferente de la de cualquier empleado por cuenta ajena. La traducción es que podrás dejar de trabajar a los 65 años ahora mismo pero alcanzará los 67 años en 2027.

Así irá subiendo de forma progresiva

Fuentes: Seguridad Social, Infoautónomos, finet,Caixa blog

Imagen de Alexander Kliem en Pixabay

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